transparencia y buen gobierno
ESTATUTOS
Adaptados a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y a la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Puede consultar nuestros estatutos aquí.
SUBVENCIONES Y DONACIONES
La Fundación recibe fondos públicos a través de las convocatorias que realizan las Administraciones Públicas, a las cuales concurre y que se distribuyen con arreglo a criterios objetivos fijados por dichas administraciones. FIE puede recibir aportaciones privadas, tanto de particulares como de empresas, cuya transparencia está garantizada con el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente. Los donativos realizados a la Fundación son fiscalmente deducibles.
La Fundación se encuentra acogida al régimen fiscal de la Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002, de 23 de diciembre) y, por ello, los donantes personas físicas tienen derecho a aplicar una deducción en la cuota íntegra del IRPF de 2015 del 50% (75% a partir de 2016) de los primeros 150 € donados (por contribuyente/año respecto a cualquier donación a entidades beneficiarias del mecenazgo) y del 30% o del 32,50% (35% a partir de 2016) del resto de la donación efectuada, todo ello en función del importe de los donativos realizados a la Fundación en los últimos dos años. En el caso de donantes personas jurídicas, la deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades será del 35% o incluso de 37,50% (40% a partir de 2016), todo ello en función del importe de los donativos que nos hayan realizado los últimos dos años. Esta información fiscal es meramente informativa y la Fundación no se responsabiliza de una incorrecta aplicación de la misma.
La Fundación se encuentra acogida al régimen fiscal de la Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002, de 23 de diciembre) y, por ello, los donantes personas físicas tienen derecho a aplicar una deducción en la cuota íntegra del IRPF de 2015 del 50% (75% a partir de 2016) de los primeros 150 € donados (por contribuyente/año respecto a cualquier donación a entidades beneficiarias del mecenazgo) y del 30% o del 32,50% (35% a partir de 2016) del resto de la donación efectuada, todo ello en función del importe de los donativos realizados a la Fundación en los últimos dos años. En el caso de donantes personas jurídicas, la deducción en la cuota del Impuesto sobre Sociedades será del 35% o incluso de 37,50% (40% a partir de 2016), todo ello en función del importe de los donativos que nos hayan realizado los últimos dos años. Esta información fiscal es meramente informativa y la Fundación no se responsabiliza de una incorrecta aplicación de la misma.
CÓDIGO DE CONDUCTA, BUEN GOBIERNO Y BUENAS PRÁCTICAS DE GESTIÓN
Consulte el documento aquí.
PLANES DE ACTUACIÓN, CUANTAS ANUALES Y AUDITORÍA, FINANCIADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS, MEMORIA DE ACTIVIDADES

Nuestras cuentas son auditadas cada año por una compañía independiente y se depositan en el Protectorado de Fundaciones conforme a la legislación vigente y estamos en posesión del SELLO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO de la Cordinadora estatal de Organizaciones no gubernamentales de España..
PLAN ANUAL DE ACTUACIÓN:
2020
CUENTAS ANUALES E INFORME DE AUDITORIA:
2017 / 2018 / 2019
FINANCIADORES PÚBLICOS Y PRIVADOS:
2017 / 2018 /2019
MEMORIA DE ACTIVIDADES:
2017 / 2018 / 2019